Beneficios fiscales :
Persona Física: Declaración del IRPF
- A partir de 2020 podrás desgravar por donaciones, hasta un 80% cuando son iguales o inferiores a 150€. Así por ejemplo: Si tu donación es de 150 € desgravas 120 €.
- Para donaciones superiores a 150 €, el porcentaje cambia al 35% en caso de ser la primera donación. Por ejemplo: si donas 200€, puedes desgravar 75€.
- Desgravas 40% si has donado en los dos ejercicios anteriores por un importe igual o superior, en cada año al del ejercicio anterior. Por ejemplo: Si donas 500 € te desgravas un total de 242,5 € resultante de dos operaciones (120 € (80%) por los primeros 150 € y para el resto, es decir 350€ (35%) otros 122,5 €) en caso de ser una primera donació
- y un total de 260 € (120€ (80%) por los primeros 150 € y 140€ (40%) por el resto) en caso de donaciones recurrentes después del primer año.
En caso de empresa:
La desgravación para tu empresa será del 35% sobre las cuotas o donativos la priemra vez, y del 40% si viene durando al menos 3 años seguidos, con un límite del 10% de la base liquidable.
Por ejemplo,
- una donación de 500 € se desgravaría 175 € (35%) en caso de ser la primera donación
- en caso de haber donado durante 3 años seguidos, desgravarás 200 € (40%)